Sentencia del TSJ de Valencia por la cual se excluye a los Ingenieros Industriales para la coordinación de seguridad y salud en obras de edificios residenciales y usos del art. 2.1.a) LOE. Reserva a favor de Arquitectos Técnicos y Arquitectos.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,  estima el recurso interpuesto por el Colegio de Arquitecto Técnicos de Valencia contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº. 6 de Valencia, que ordenaba a la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo a incluir como técnicos competentes a los ingenieros industriales en la licitación del contrato para la coordinación de seguridad y salud de las obras de finalización de un edificio de 184 viviendas locales y garajes del sector La Torre de Valencia, a consecuencia del recurso contencioso administrativo interpuesto contra el anuncio de licitación por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana.

 

 

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