En el Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, que en su artículo 16 modifica, con efectos desde 1 de enero de 2024, la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF extendiendo hasta el 31 de diciembre de 2024 la posibilidad de deducirse un porcentaje de las cantidades satisfechas por las obras realizadas. La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 o 7.500 euros anuales, en función de cada caso y se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y, en todo caso, antes del 1 de enero de 2025.
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