Visado y registro

El visado es una potestad del Colegio que beneficia principalmente a quienes contratan un servicio profesional, por ser una herramienta de la ordenación, control del ejercicio y deontología profesional.

El Visado tiene por objeto comprobar, la identidad, habilitación y la corrección e integridad formal de la documentación objeto de este trámite.

¿Qué ventajas tiene el visado para quienes contratan los servicios profesionales?

  • Protege ante quienes ejercen de forma irregular y no profesional.
  • Acredita que la persona contratada está colegiada y habilitada para ejercer legalmente la profesión.
  • Control deontológico de colegiados y colegiadas
  • Acceso a los servicios de información en los aspectos relacionados con el expediente tramitado y que sea competencia del Colegio.
  • Se dispone de un archivo documental que puede consultarse cuando se dispone de un interés legítimo.

¿Qué ventajas tiene el visado para colegiadas y colegiados?

  • El Colegio es una corporación de derecho público que puede dar fe de los encargos profesionales tramitados, en caso de ser necesario un historial, para oposiciones, concursos, o contrataciones de las administraciones públicas.
  • Servicios de asesoramiento administrativo, técnico y jurídico en el desarrollo del trabajo profesional sometido a visado
  • Habilita como profesional competente para esa intervención.
  • El colegio proporciona servicios adicionales, como la gestión de cobro de honorarios, cuando así se solicite.

El registro, es otra opción para la tramitación de trabajos profesionales para los que no se solicite visado, accediendo así a los mismos servicios salvo la comprobación formal de la documentación técnica correspondiente. No obstante, en su caso, se informa de los aspectos que se consideren relevantes y beneficiosa para los y las profesionales.

Registro y habilitación profesional, garantiza que la persona colegiada está habilitada para un trabajo profesional que se registra, evitar así generación de certificados de habilitación o declaraciones responsables solicitadas en su caso por la Administración.

El Registro es un trámite administrativo.

Puede solicitarse de forma presencial o de forma telemática.

Tabla de costes de tramitación, aprobada en febrero del año 2011 en Junta General Extraordinaria de Colegiados